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Convocatoria proceso selectivo para cubrir 2312 plazas de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia

Preparamos un amplio abanico de oposiciones en CCAA y Estatal

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26507 Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre, por la que se convocan procesos
selectivos para el acceso por turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la
Administración de Justicia.
Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración de Justicia y
en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se
aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, así como en lo
establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la
Administración de Justicia, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública y negociación en la mesa sectorial de la Administración de Justicia,
acuerda convocar procesos selectivos para el ingreso, por turno libre y sistema selectivo
de oposición en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal
y Administrativa y Auxilio Judicial.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre
mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por
el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del
Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, así como la
normativa sobre protección de datos de carácter personal.
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las
establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las
bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en
cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y por el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, en lo que resulten de
aplicación y no contradigan a las presentes.
En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de la normativa del Estado sobre
Función Pública.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305 Jueves 19 de diciembre de 2024 Sec. II.B. Pág. 174508 cve: BOE-A-2024-26507
Verificable en https://www.boe.es
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará en las páginas webs del punto de acceso
general (www.administracion.gob.es) y del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público).
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convocan procesos selectivos para cubrir por turno libre y sistema selectivo
de oposición:
– Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 731 plazas.
– Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 855 plazas.
– Cuerpo de Auxilio Judicial: 726 plazas.
Del total de estas plazas se reservan para ser cubiertas por el cupo de reserva
personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %:
– Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 75 plazas.
– Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 86 plazas.
– Cuerpo de Auxilio Judicial: 72 plazas.
La convocatoria de las plazas se llevará a cabo conjuntamente en todo el territorio
nacional de acuerdo con la distribución territorial, entre el ámbito gestionado por este
Ministerio y las distintas Comunidades Autónomas con competencias asumidas en
medios personales, que se recoge en el anexo II. Los aspirantes, dentro de cada
Cuerpo, podrán concurrir solamente por uno de estos ámbitos territoriales, según las
instrucciones detalladas en el anexo VII.
Cuando el número de plazas o el mejor desarrollo de los procesos selectivos lo
aconseje, se podrán agrupar las vacantes correspondientes a uno o varios territorios,
solamente a efectos de la ejecución del proceso selectivo. Así, aunque las personas
aspirantes se examinen en una sede territorial diferente a la del ámbito por el que
concurren, de resultar aprobados o aprobadas en la convocatoria, serán destinados o
destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes radicadas en el ámbito territorial
que hubieran expresado en su solicitud.
1.2 Las plazas reservadas para cupo reserva personas con discapacidad que
queden desiertas no se acumularán a las del cupo general de esta convocatoria.
Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva de personas con
discapacidad habrán de indicarlo en la solicitud de participación en la respectiva
convocatoria, marcando la casilla correspondiente en la solicitud. Quienes soliciten
participar por el cupo reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán
presentarse por este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión de
la persona aspirante que no la hubiese observado.
De la misma manera, las personas aspirantes que hubieran optado por el cupo
general no podrán cambiar al de reserva para personas con discapacidad.
Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado el reconocimiento de la condición legal
de personas con discapacidad antes del día de la publicación de la presente
convocatoria y que la hubieran obtenido con posterioridad a la finalización de la
presentación de instancias, podrán solicitar cambio de cupo dentro de su mismo ámbito
territorial de elección hasta el día de la publicación de las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas.
Las personas aspirantes con discapacidad podrán pedir, y al margen de que
concurran o no por el cupo de discapacidad, en el modelo oficial de solicitud, las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso
selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar
dicha adaptación, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano
técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305 Jueves 19 de diciembre de 2024 Sec. II.B. Pág. 174509 cve: BOE-A-2024-26507
Verificable en https://www.boe.es
deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a
efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión
de la adaptación solicitada.
En el supuesto de que alguno de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero
no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la
obtenida por los aspirantes del sistema general que pudieran obtener plaza, será incluida
por su orden de puntuación en el sistema de acceso general, en el ámbito territorial por
el que concurra.
1.3 Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto.
Sin perjuicio de lo anterior y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del
artículo 483 de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para evitar la
existencia de plazas vacantes que pudieran resultar en algún ámbito territorial, el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, previa valoración de
las circunstancias concretas en las que se esté desarrollando el proceso selectivo y
atendiendo al número de plazas que puedan haber quedado sin cubrir en alguno o
algunos de los territorios en los que se convocan plazas, hará un llamamiento, al que
solo podrán acudir quienes habiéndose presentado al último de los ejercicios hubieran
obtenido una nota igual o superior al cincuenta por ciento de la nota máxima posible y no
hubiesen superado el proceso selectivo. Los aspirantes que manifiesten interés por las
plazas que hubieran quedado vacantes en otros territorios serán ordenados por la
puntuación obtenida en el ámbito territorial por el que se presentaron, eligiendo destino a
continuación del último aspirante que hubiera obtenido plaza por el ámbito territorial
donde quedaron las vacantes.
1.4 No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada
la solicitud inicial.
1.5 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Procesos selectivos
2.1 Los procesos selectivos se desarrollarán por el sistema de oposición.
2.2 Los ejercicios que componen cada uno de los tres procesos selectivos se
describen en el anexo III a) para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa), anexo
IV a) para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y anexo V a) para el
Cuerpo de Auxilio Judicial.
2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito
a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo
nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta
limitación.
2.4 En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación
total en la oposición, se deshará el empate: primero, atendiendo a la mayor calificación
obtenida en el primer ejercicio; segundo: atendiendo a la mayor calificación obtenida en
el segundo ejercicio; tercero: atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer
ejercicio, si hubiera. Por último, si aún persistiera el empate primará, para deshacerlo, la
primera letra del primer apellido empezando por la letra «V», de acuerdo con la
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la
que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 31 de julio). En el
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305 Jueves 19 de diciembre de 2024 Sec. II.B. Pág. 174510 cve: BOE-A-2024-26507
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supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «V», el empate se dirimirá por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra
«W», y así sucesivamente.
3. Programa
Los programas que han de regir en la oposición se contienen en el anexo VI de esta
convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se
ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la
presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.
4. Requisitos de participación
Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos, las personas
aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o
funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación:
4.1 Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
4.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de
jubilación forzosa.
4.3 Titulación:
a) Para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: estar en posesión o en
condiciones de obtener el título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
b) Para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: Estar en posesión o en
condiciones de obtener el título de Bachillerato o equivalente.
c) Para el Cuerpo de Auxilio Judicial: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado
de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
4.4 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las
funciones propias del Cuerpo al que aspiran.
4.5 Habilitación:
a) No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas de
libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la
rehabilitación.
b) No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
Cuerpos o Escalas de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado.
c) No ser funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo a cuyas pruebas
selectivas se presenten.
4.6 Todos estos requisitos deben reunirse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.

Convocatoria de justicia

Plazo hasta el 20 de enero

En La Rioja

TRAMITACIÓN PROCESAL: 10 PLAZAS

AUXILIO JUDICIAL: 7 PLAZAS

GESTIÓN PROCESAL: 5 PLAZAS

Enlace a convocatoria BOE

 

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